jueves, 26 de mayo de 2011

ensayo

LOS PODERES PUBLICOS SU DIVISION  Y DISTRIBUCION


hoy parece evidente que las funciones poderes del estado estan llamados y a una colaboracion y a un control  reciproco que garantice de forma mas adecuada el criterio escencial de evitar la concentracion de podere en un solo organo por medio de la division de poderes


y junto a ello parece tambien evidente que la mayor complejidad de la sociedad actual obliga aposturar una ampliacion de los organos del estado y de los mecanismos que actualizan la division de poderes

PODER PUBLICO ESTADAL:
:Es aquel constituida por todas aquellas instituciones u organo del gobierno señaladas en nuestra carta fundamental, con competencia nivel estacial, asi se detallan la existencia del poder lagislativo estadal (consejo legislativo)ejecutivo (gobernador judicial)(direccion ejecutiva de la magistradura con sus oficinas regionales).ciudadano(contraloria autonoma) y el electoral ejercido por las juntas electorales regionales.
el poder estadal esta conformado actualmente por los siguientes poderes.
PODER LEGISLATIVO ESTADAL:lo ejerce el concejo legislativo quien ejerce las funciones legislativas regionales y sancionara la ley de presupuesto del estado.Esta integrado por un numero de miembros no mayor de quince (15) ni menor de siete (7) quienes proporcionalmente representan la poblacion del estado y sus municipios los legisladores estadales son elegidos por un periodo de años cuatro (u9 y puedn solamente ser reelegidos por dos periodos.
El poder legislativo estadal esta conformado por un consejo legislativo en cada estado.
BASE LEGAL
ARTICULO 159 CRBV:los estados son entidades autonomas e iguales en lo politico, con personalidad juridica plena, y quedan obligados a mantener la independencia ,soberania e integridad nacional, ya cumplir y hacer cumplir esta constitucion y las leyes de la republica.
ARTICULO 160 CRBV:El gobierno y administracion de cada estado corresponde a un gobernador o gobernadora.Para ser gobernador o gobernadora se requiere ser venezolano o venezolana, mayor de 25 años y de estado seglar.
El gobernador o gobernadora sera elegido o elegida por un periodo de cuatro años por mayoria de las personas que voten.El gobernador o gobernadora podra ser reelegido o reelegida de inmediato y por una sola vez, para un nuevo periodo.
ARTICULO 161 CRBV:Los gobernadores o gobernadoras rendiran, anual y publicamente, cuenta de su gestionante el contralor o contralora del estado y Deibis-uny y presentaran un informe de la misma ante el consejo legislativo y el consejo de planificacion y coordinacion de politicas publicas.ARTICULO 162.
EL PODER LEGISLATIVO:Se ejercera en cada estado por un concejo legislativo conformado por un numero no mayor de 15ni menor de 7 integrantes , quienes proporcionalmente representaran ala poblacion del estado y de los municipios.El consejo legislativo tendra las atribuciones siguientes:
1:Legislar sobre las materias de la competencia estadal.
2:Sancionar la ley de presupuesto del estado.
3:Las demas que establescan esta constitucion y la ley.

Los requisitos para ser integrantes del consejo legislativo la obligacion de rendicion anual de cuentas y la inmunidad en su jurisdicion territorial, se regiran por demas que esta constitucion establece para los diputados y diputadas  a la estadales seran elegidos o elegidas por un periodo de cuatro años, pudiendo ser reelegidos o reelegidas por dos periodos consecutivos como maximo.La ley nacional regularan el regimen de la organizacion y el funcionamiento del conselo legislativo.
ARTICULO 163 CRBV:Cada estado tendra una contraloria que gozara de autonomia organica y funcional.La contraloria del estado ejercera, conforme a esta constitucion y ala ley, el control, vigilancia y la fiscalizacion de los ingresos gastos y bienes estadales, sin menoscabo del alcance de las funciones de la contraloria general de la republica. Dicho organo actuara bajo la direccion y responsabilidad de un contralor o contralora, cuyas condiciones para el ejercicio del cargo seran determinadas por la ley la cual garantizara su idonerdad o independemcia, asi como la neutralidad en su designacion, que sera mediante un concurso publico.
ARTICULO 164 CRBV:Es de la competencia exclusiva de los estados :
1:Dictar su constitucion para organizar los poderes publicos, de conformidad con lo dispuesto en esta constitucion.
2:la organizacion de sus municipios y de mas entidades locales y su division politica-territorial, conforme a esta constitucion a la ley.
3:la administracion de sus bienes y la inversion y administracion de sus recursos, incluso de los provenientes de transferencias, subverciones o concurrientes entre ambos poderes del poder publico los mecanismos de transferencias estaran regulados por el ordenamiento juridico estadal.
ARTICULO 166CRBV: en cada estado se creara un concejo de planificacion y coodinacion de politicas publicas ,presidido por el gobernador o gabernadora eintegrado por los alcaldes o alcaldeces,los dorectores o directoras de los ministerios;y una reprecentacion de los legisladores o legisladoras elejidas por ele stado a la asamblea nacional,del concejo legislativo,de lso concejales o concejadoras comunidades organisadas incluyendo las indijenas donde las hubiere.El mismo funcionara y se organisara de acuerdo con lo q determine la ley.
ARTICULO 1667 CRBV: son ingresos de los estados.
1 : los procedentes de su patrimonio y de la administracion de sus bienes.
2 : las tasas por el uso de sus bienes y servicios,multas y sanciones,y las q le cean atribuidas.
3 : el producto de lo recaudado por concepto de venta de especies fiscales.
4 : los recuros que les corresponden por concepto de sitio constitucional.

ESTRACTO DE LA LEY ORGANICA DE LOS CONSEJOS LEGISLATIVOS DE LOS ESTADOS

ARTICULO 2.SEDE el poder legislativo estadal se ejercera en cada estado por un consejo legislativo .el consejo secionara en la capital de los estados y podra excepcionarmente secionar en otra localidad  del estado por acuerdo de la mayoria  absoluta de los legisladores que la conforman .

ARTICULO 4 CONDICIONES DE ELIGIBILIDAD. las condiciones de  elegibilidad e inelegibilidad de los legisladores  y legisladores a los consejos legislativos de los estados  son las mismas establecidas en la constitucion de la republica bolivariana de venezuela para los diputados y diputadas de la asamblea nacional ..

ARTICULO 5 DEBERES:son deberes de los legisladores y legisladoras

1:cumplir sus obligaciones y compromisos con el pueblo.
2:velar por el cumplimiento de la mision y funciones encomendadas
3:sostener una vinculacion permanente con sus electores y electoras ,sugerencias,peticiones y mantenerlos informados e informadas sobre su gestion.
4:atender las consultas de la asamblea nacional cuando se trate de la aprovacion de proyectos de ley en materia relativa a los estados
5:rendir cuentas anual a su gestion a los electores y electoras
6:asistir puntualmente y permanecer en las seciones del consejo ,comisiones y subcomisiones.,salvo causa  justificada
7:cumplir todas las funciones que le sean encomendadas a menos que aleguen motivos justificados  ante  la junta directiva
8:no divulgar la informacion encomendada de una sesin calificada como secreta  por las dos terceras partes de los asistentes  de conformidad con la constitucion y la ley
9:todos los demas deberes que le corresponden  conforme a la constitucion ,esta ley  y el respectivo reglamento interior y de debates..



12 comentarios:

  1. que todas las personas de la comunidad son libres de elegir o de reelegir a las personas que crean que sean buenas para obtener el cargo que quieran ,dependiendo que esas personas que eligan quieran y sea capaz con este cargo que le den y sigan con las reglas que este cargo tenga..

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  2. es muy evidente que la mayor complejidad de la sociedad actual obliga a postular una ampliacion de los organos del estado y de los mecanismos que actualizan la division de poderes.
    el poder legislativo estadal se ejerce en cada estado por un concejo legislativo conformado por un numero no mayor de 15ni menor de 7 integrantes , quienes proporcionalmente representaran ala poblacion del estado y de los municipios.El consejo legislativo tendra las atribuciones siguientes:
    1:Legislar sobre las materias de la competencia estadal.
    2:Sancionar la ley de presupuesto del estado.
    3:Las demas que establescan esta constitucion y la ley.

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  3. los poderes públicos de un estado (legislativo,ejecutivo y judicial)son una serie de instituciones que dividen una población o un territorio.

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  4. En toda sociedad se conforman grupos que, de una u otra manera crean un centro de poder que irradia su acción en diversas direcciones como: religión, economía, cultura, incluso la moda, la sociedad es una verdadera “constelación de poderes”. Pero esa cantidad de poderes se concentra en una unidad organizada y permite el armónico desenvolvimiento de los distintos estratos de la sociedad, lo que conduce a la integración del poder político.el poder nace de una necesidad de asegurar la convivencia humana,por tal razón su división y distribución son muy importantes para una sociedad desarrollada..

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  5. que es bueno esta constitución porque las personas que se lanzan pueden ser elegidos o elegidas por un periodo de cuatro años, pudiendo ser reelegidos o reelegidas por le comunidad y la comunidad puede y tiene el derecho de votar, pero tiene que ser mayor de edad.

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  6. se trata de cumplir sus obligaciones y compromisos con el pueblo , que derivan del ejercicio de sus funciones,en honor al juramento prestado.etc

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  7. ciudadanos y ciudadanas, y de sus organizaciones, en la correspondiente jurisdicción. Para tales fines, deberán aplicar los mecanismos apropiados de consulta de acuerdo con la ley. El Consejo Legislativo reglamentará la participación de los alcaldes o alcaldesas.

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  8. Los planteamientos más recientes sobre el tema de la división de poderes reconocen más facetas del mismo. La simple observación del parlamentarismo como forma de gobierno, nos muestra que el poder ejecutivo y el poder legislativo no están separados, ni personal, ni funcional mente. Los miembros del poder legislativo, es decir, los diputados, también son parte del poder ejecutivo. Existe una integración de los dos poderes. Se podría suponer que este hecho invalida por si mismo la discusión sobre división de poderes.

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  9. los poderes de un estado (legislativo, ejecutivo y judicial) son una serie de instituciones que se subdividen para regir sobre una población o un territorio.
    estos tres poderes tienen diferentes funciones que son esenciales para nuestro país.

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  10. El origen de esta división del poder en un Estado se remonta al Siglo XVIII, cuando el ilustre Marqués de Montesquieu establece esta división como una necesidad ante el abuso de los monarcas autoritarios y hacer posible la libertad.
    14 de junio de 2011 07:03

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  11. segun las leyes de los poderes públicos ejercidas en los artículos 160-161-163-164-166y 167 del crbv identificamos que cada estado tiene su propia autonomía pero depende de un contralor que rige este funcionamiento,a su vez el poder legislativo estadal lo rige un consejo legislativo que regula a su vez el presupuesto del estado ,todo articulo tiene su propósito de ser así

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  12. Constitución Política estableció queel poder
    público estaría integrado por tres ramas: ejecutiva, legislativa y
    judicial y por los órganos autónomos e independientes, encargados
    de garantizar el cumplimiento de las demás funciones del
    Estado. A través de una explicación esquemática y orgánica, este
    artículo analiza el ejercicio de la función legislativa no sólo en
    relación con la organización y composición del Congreso de la
    República, sino también de la manera como se cumple el ejercicio
    de la tarea legislativa, la cual no sólo se limita a la expedición de
    leyes sino que incluye el desempeño defunciones constituyentes,
    de control político, judiciales, administrativas de control público
    y de protocolo.

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